Resolución N.° 001359-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
26 de marzo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00498-2025-JUS/TTAIP de fecha 3 de febrero de 2025, interpuesto por DIEGO ALFREDO TAPIA MEDINA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud presentada ante la
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES con fecha 12 de diciembre de 2024 ingresada con número de registro MPV: 20241212240351.
Con fecha 12 de diciembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“Se solicitó toda la documentación pertinente el cual rescinde la orden de servicio 0005893-2024, dicha orden se realizó los servicios en la Jefatura Zonal del
Callao”.
Con fecha 3 de febrero de 2025, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación, al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000592-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES con fecha 12 de diciembre de 2024 ingresada con número de registro MPV: 20241212240351.
Con fecha 12 de diciembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“Se solicitó toda la documentación pertinente el cual rescinde la orden de servicio 0005893-2024, dicha orden se realizó los servicios en la Jefatura Zonal del
Callao”.
Con fecha 3 de febrero de 2025, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación, al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000592-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala