Resolución N.° 001335-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
25 de marzo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00539-2025-JUS/TTAIP de fecha 4 de febrero de 2025, interpuesto por OSWALDO FRANCISCO VALIENTE MENA contra el Informe N°0030-2025-MINEM/DGE-DCE, notificado el 14 de enero de 2025, mediante el cual el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS atendió su solicitud de acceso a la información pública de fecha 7 de enero de 2025, registrada con Expediente N° 3892786.
Con fecha 7 de enero de 2025, el recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de lo siguiente:
“1 Copia completa del expediente N.° 11340614 sobre la de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica de la “Central Hidroeléctrica Veracruz”.
2. Resolución Suprema N° 076-2014-EM, de fecha 5 de noviembre de 2014, mediante la cual se otorgó a favor de Compañía Energética Veracruz S.A.C. la concesión definitiva de generación del proyecto “Central Hidroeléctrica Veracruz”, aprobándose el Contrato de Concesión N° 456-2014.
3. Copia del Contrato de Concesión N° 456-2014.
4. Copia del documento con Registro N° 3072531, de fecha 18 de setiembre de 2020, en el que se solicita la resolución del Contrato de Concesión N° 456-2014, basado en el supuesto de un evento de fuerza mayor.
5. Copia del Oficio Nº 1586-2024-MINEM/DGE, notificado vía correo electrónico el 28 de agosto de 2024, en el que se señaló que no es posible acceder a la solicitud de resolución del citado Contrato de Concesión N° 456-2014.
6. Copia del documento con Registro N° 3836627, de fecha 19 de setiembre de 2024, en el que la Compañía Energética Veracruz S.A.C. interpone recurso de reconsideración contra el Oficio Nº 1586-2024-MINEM/DGE.
7. Pruebas ofrecidas por la Compañía Energética Veracruz S.A.C. en el recurso de reconsideración, tales como: i) Resolución Ministerial N° 527-2009-MEM/DM ii) Resolución Ministerial N° 240-2013-MEM/DM y iii) Resolución Ministerial N° 142- 2024-MINEM/DM, y demás.
Con fecha 7 de enero de 2025, el recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de lo siguiente:
“1 Copia completa del expediente N.° 11340614 sobre la de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica de la “Central Hidroeléctrica Veracruz”.
2. Resolución Suprema N° 076-2014-EM, de fecha 5 de noviembre de 2014, mediante la cual se otorgó a favor de Compañía Energética Veracruz S.A.C. la concesión definitiva de generación del proyecto “Central Hidroeléctrica Veracruz”, aprobándose el Contrato de Concesión N° 456-2014.
3. Copia del Contrato de Concesión N° 456-2014.
4. Copia del documento con Registro N° 3072531, de fecha 18 de setiembre de 2020, en el que se solicita la resolución del Contrato de Concesión N° 456-2014, basado en el supuesto de un evento de fuerza mayor.
5. Copia del Oficio Nº 1586-2024-MINEM/DGE, notificado vía correo electrónico el 28 de agosto de 2024, en el que se señaló que no es posible acceder a la solicitud de resolución del citado Contrato de Concesión N° 456-2014.
6. Copia del documento con Registro N° 3836627, de fecha 19 de setiembre de 2024, en el que la Compañía Energética Veracruz S.A.C. interpone recurso de reconsideración contra el Oficio Nº 1586-2024-MINEM/DGE.
7. Pruebas ofrecidas por la Compañía Energética Veracruz S.A.C. en el recurso de reconsideración, tales como: i) Resolución Ministerial N° 527-2009-MEM/DM ii) Resolución Ministerial N° 240-2013-MEM/DM y iii) Resolución Ministerial N° 142- 2024-MINEM/DM, y demás.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala