Resolución N.° 002169-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
21 de mayo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01461-2025-JUS/TTAIP de fecha 3 de abril de 2025, interpuesto por el SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA - SUTUNA, representado por Herlinda González Claudio en calidad de secretaria general, contra la Carta N°C.2025-0251-SG-UNALM de fecha 19 de marzo del 2025, mediante la cual la UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA atendió su solicitud de acceso a la Información pública presentada con fecha 5 de marzo de 2025, con Carta N° 083-2025/SUTUNA, la cual generó el Registro N° 62669.
(...)
Con fecha 5 de marzo de 2025, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, mediante la Carta N° 083-2025/SUTUNA, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“(…) mediante la Resolución N° 002-2023-URH-ST-UNALM del 27 de abril del 2023, se resolvió iniciar Procedimiento Administrativo Disciplinario al servidor JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ, en su condición de Secretario General, por la presunta comisión de la falta disciplinaria tipificada en el literal d) del artículo 85 de la Ley del Servicio Civil, por presuntamente incumplir los plazos que la Ley de Transparencia determina para la entrega de información; en tal sentido, habiendo transcurrido más de seis (06) meses desde el inicio del proceso sancionador, al amparo del TUO. de la Ley N° 27086, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con el DS. N° 021-2019-JUS, SOLICITO a usted se sirva disponer a quien corresponda nos haga llegar vía correo electrónico la siguiente información:
✓ Copia de la Resolución que pone fin al proceso sancionador, o informe el estado en que se encuentra el Procedimiento Administrativo a la fecha, por la comisión de infracción administrativa grave que fue denunciada con la Carta 155-2022/SUTUNA”.
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Con fecha 5 de marzo de 2025, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, mediante la Carta N° 083-2025/SUTUNA, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“(…) mediante la Resolución N° 002-2023-URH-ST-UNALM del 27 de abril del 2023, se resolvió iniciar Procedimiento Administrativo Disciplinario al servidor JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ, en su condición de Secretario General, por la presunta comisión de la falta disciplinaria tipificada en el literal d) del artículo 85 de la Ley del Servicio Civil, por presuntamente incumplir los plazos que la Ley de Transparencia determina para la entrega de información; en tal sentido, habiendo transcurrido más de seis (06) meses desde el inicio del proceso sancionador, al amparo del TUO. de la Ley N° 27086, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con el DS. N° 021-2019-JUS, SOLICITO a usted se sirva disponer a quien corresponda nos haga llegar vía correo electrónico la siguiente información:
✓ Copia de la Resolución que pone fin al proceso sancionador, o informe el estado en que se encuentra el Procedimiento Administrativo a la fecha, por la comisión de infracción administrativa grave que fue denunciada con la Carta 155-2022/SUTUNA”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala