Resolución N.° 001630-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

15 de abril de 2025

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00790-2025-JUS/TTAIP, recibido por este Tribunal con fecha 19 de febrero de 2025, interpuesto por VICTOR AUGUSTO AHUANARI TEJADA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDIANA con Expediente N° 107 de fecha 23 de enero de 2025, reiterada con Expediente N° 181 de fecha 12 de febrero de 2025.

Con fecha 23 de enero de 2025, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente requirió a la entidad se le proporcione la siguiente información:
“Copia simple de todas las ordenes órdenes de compra emitidos a favor de la MULTICOMERCIO Y SERVICIOS GLOW E.I.R.L con RUC N° 20612833452, por la suma de S/ 235,187.40 soles.
Para tal efecto, la información debe contener como mínimo, requerimiento por parte del área usuaria (especificaciones técnicas o términos de referencia según sea el caso), solicitud de proforma al proveedor, proforma del proveedor, orden de compra o servicio, solicitud de pago por parte del contratista, conformidad por parte del área usuaria, etc.”
Al no obtener respuesta a su solicitud, con fecha 12 de febrero de 2025, el recurrente presentó ante la entidad un escrito reiterativo del requerimiento formulado en el párrafo precedente.
Con fecha 19 de febrero de 2025, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando el recurso de apelación materia de análisis.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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