Resolución N.° 001434-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
3 de abril de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00462-2025-JUS/TTAIP de fecha 29 de enero de 2025, interpuesto por ANA MARÍA MORENO ROSALES, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA con fecha 26 de diciembre de 2024.
El 26 de diciembre del 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad la entrega de la siguiente información:
“(…) solicito copia del Expediente de Registro Nº 040788 de 10.12.24 presentado por ALDANA ROSALES LUIS MIGUEL; así como, todos los actuados que generaron la Boleta de Salida vehicular relativa a la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 36737 de fecha 02.12.24.” (sic)
El 22 de enero de 2025, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000533-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
El 26 de diciembre del 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad la entrega de la siguiente información:
“(…) solicito copia del Expediente de Registro Nº 040788 de 10.12.24 presentado por ALDANA ROSALES LUIS MIGUEL; así como, todos los actuados que generaron la Boleta de Salida vehicular relativa a la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 36737 de fecha 02.12.24.” (sic)
El 22 de enero de 2025, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000533-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala