Resolución N.° 002098-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

13 de mayo de 2025

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00857-2025-JUS/TTAIP de fecha 24 de febrero de 2025, interpuesto por ROSA CRISTINA CARREÑO FLORES contra la Carta N° 000284-2025-SACTD-GG-PJ de fecha 21 de febrero de 2025, mediante la cual el PODER JUDICIAL denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con Registro N° PJ0000275673 de fecha 17 de febrero de 2025.

Con fecha 17 de febrero de 2025, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“(…) a) Sentencias condenatorias del ciudadano peruano BRANDO EDUARDO MEZA BARRÓN” (sic).
Mediante Carta N° 000284-2025-SACTD-GG-PJ de fecha 21 de febrero de 2025, la entidad denegó dicho requerimiento, señalando que la información es confidencial por implicar datos personales, puntualizando que la divulgación de la misma vulneraría el derecho constitucional a la intimidad.
Con fecha 24 de febrero de 2025 la administrada interpuso el recurso de apelación materia de análisis, alegando que el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, establece que todas las resoluciones judiciales son públicas.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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