Resolución N.° 002053-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

12 de mayo de 2025

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01165-2025-JUS/TTAIP de fecha 17 de marzo de 2025, interpuesto por ROMULO ELIAS PLASENCIA ARANA contra la CARTA N° 000932- 2025-OAF/INDECOPI, notificada mediante el correo electrónico de fecha 5 de marzo de 2025, a través de la cual el INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - INDECOPI, atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 3 de marzo de 2025.
Con fecha 3 de marzo de 2025, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente requirió a la entidad se le remita la siguiente información:
“(…) [F]otocopias de TODO el Expediente Administrativo del Proceso Concursal Ordinario que ha presentado la Empresa Telefónica del Perú S.A.A, ante laComisión de Procesos Concursales del INDECOPI” (sic)
Mediante la CARTA N° 000932-2025-OAF/INDECOPI, notificada mediante el correo electrónico de fecha 5 de marzo de 2025, la entidad comunica a la recurrente el uso de la prórroga señalando que la información será entregada como máximo el 6 de octubre de 2025.
Con el escrito de fecha 13 de marzo de 2025, al considerar el plazo de la prórroga como excesivo, el recurrente presentó ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, el cual fue elevado a esta instancia con fecha 17 de marzo de 2025, mediante el OFICIO N° 000047-2025-OAF/INDECOPI.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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