Resolución N.° 002044-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
12 de mayo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00963-2025-JUS/TTAIP de fecha 3 de marzo de 2025, interpuesto por JORGE TEODORO MELENDEZ PANDURO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO, con fecha 18 de diciembre de 2024.
Con fecha 18 de diciembre de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita la siguiente información:
“1. Detalle de ingresos (conforme al clasificador del sector público Gobiernos locales) por el periodo comprendido entre el 2015 al 2024
2. Detalle de egresos (conforme al clasificador de gastos del sector público Gobiernos locales) por el periodo comprendido entre el 2015 al 2024
3. Detalle mes a mes de la Cantidad de trabajadores y prestadores de servicio, por el periodo comprendido entre los aflos de 2015 al 2024” [sic].
Con fecha 3 de marzo de 2025, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
A través de la RESOLUCIÓN N° 001134-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 12 de marzo de 2025, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, los cuales no fueron remitidos hasta la fecha de emisión de la presente resolución.
Con fecha 18 de diciembre de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita la siguiente información:
“1. Detalle de ingresos (conforme al clasificador del sector público Gobiernos locales) por el periodo comprendido entre el 2015 al 2024
2. Detalle de egresos (conforme al clasificador de gastos del sector público Gobiernos locales) por el periodo comprendido entre el 2015 al 2024
3. Detalle mes a mes de la Cantidad de trabajadores y prestadores de servicio, por el periodo comprendido entre los aflos de 2015 al 2024” [sic].
Con fecha 3 de marzo de 2025, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
A través de la RESOLUCIÓN N° 001134-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 12 de marzo de 2025, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, los cuales no fueron remitidos hasta la fecha de emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala