Resolución N.° 123-2022-JUS/CN

30 de noviembre de 2022

En la Resolución del Tribunal de Honor no se evidencia congruencia entre el hecho imputado y el hecho que motivó la sanción impuesta al notario generándose así un vicio de procedimiento sancionado con la nulidad conforme a o previsto en el numeral 5 del artículo 3 concordado con el numeral 2 del artículo 10 del TUO de la LPAG.

Congruencia entre hecho imputado y hecho que motiva la sanción. Nulidad.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2022

Vista preliminar de documento RESOLUCION 123-2022-JUS-CN

RESOLUCION 123-2022-JUS-CN

PDF
5.7 MB