Resolución N.° 122-2022-JUS/CN
30 de noviembre de 2022
El Tribunal de Honor es quien debe resolver los asuntos no previstos en la ley como lo es, precisamente, el recurso de abstención y el de recusación, por lo que, al haberse emitido la Resolución N° 038-2022-CNSM por la Junta Directiva del Colegio de Notarios esta deviene en nula.
Recurso de abstención y recusación.
Recurso de abstención y recusación.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2022