Resolución N.° 079-2022-JUS/CN
5 de agosto de 2022
No se puede sancionar por hechos que no son tipificados y que no han sido objetivamente probados, en ese sentido, para la comisión de una infracción esta debe ser típica, antijurídica y culpable, es decir, si la conducta denunciada no cuenta con esos tres elementos no debería ser castigada.
Tipificación de la conducat denunciada.
Tipificación de la conducat denunciada.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2022