Resolución N.° 075-2022-JUS/CN

5 de agosto de 2022

No es posible comprobar las dos posiciones presentadas en la presente instancia, pues en el presente procedimiento no obra prueba que corrobore algunas de las versiones expuestas, por lo tanto, en virtud del principio de verdad material y el de presunción de licitud conviene desestimar la denuncia.

Principio de verdad material y principio de licitud.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2022

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RESOLUCION 075-2022-JUS-CN

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