Resolución N.° 050-2022-JUS/CN

6 de mayo de 2022

El acto por el cual se solicita el informe de descargo al notario quejado es uno de mero trámite que no requiere una sesión del Tribunal de Honor, al ser una disposición legal de carácter obligatoria que corre traslado al notario no está sujeto a decisión, análisis o evaluación del colegiado, así solo busca cautelar el derecho de defensa del administrado. Más aún, si el notario presenta escrito de descargo se logra avizorar con meridiana claridad que el notario tuvo conocimiento oportuno de la denuncia en su contra, lo cual subsana cualquier defecto en la notificación.

Solicitud de descargos al notario quejado. Defecto en la notificación.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2022

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