Resolución N.° 071-2023-JUS/CN
26 de mayo de 2023
La comunicación con retraso por el notario se debió a la imposibilidad por los periodos de estado de emergencia que se presentaron en la región, eventos naturales que constituirían una causa de fuerza mayor que imposibilitaba el cumplimiento oportuno de lo dispuesto en el artículo 70 del Decreto Legislativo N° 1049, configurando así una causal de eximente de responsabilidad.
Eximente de responsabilidad.
Eximente de responsabilidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2023