Resolución N.° 068-2023-JUS/CN

26 de mayo de 2023

El tercero autorizado para la presentación y tramitación de los partes notariales es el responsable de la absolución de observaciones. Por otro lado, el quejoso no ha intervenido como parte contratante en las Escrituras Públicas que promueven la queja y no acredita que dichas emisiones no se hubiesen producido, no correspondiendo al notario la carga de la prueba en ese extremo. En ese sentido, no existen indicios suficientes aparejados con pruebas que permitan fundamentar el inicio del procedimiento administrativo disciplinario.

Factor probatorio. Tramitación de partes notariales.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2023

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