Resolución N.° 065-2023-JUS/CN

19 de mayo de 2023

El notario no es un psicólogo o psiquiatra para que pueda efectuar el diagnóstico mental de una persona, es un profesional que pone al servicio del Derecho y más propiamente de la función notarial como tal, todas sus capacidades y conocimientos para prestar el servicio, dando fe de los hechos o circunstancia que considere necesarias para el perfeccionamiento del instrumento notarial que va a emitir, procurando que sea el adecuado y se cumpla íntegramente con lo establecido por la ley. Por tanto, no existiendo obligación del notario para solicitar certificado médico a los contratantes, en ese sentido, la declaración del notario que afirme que los comparecientes proceden con capacidad legal es suficiente para darla por valida, al estar investida de fe pública.

Certificado médico y psicológico.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2023

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RESOLUCION 065-2023-JUS-CN

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