Resolución N.° 0019-2022-JUS/CN
24 de febrero de 2022
La responsabilidad debe recaer en quien realiza la conducta omisiva o activa constitutiva de infracción sancionable, por lo que, las entidades deben presumir que los administrados han actuado apegados a sus deberes mientras no cuenten con evidencia en contrario, en virtud a ello, se debe considerar que el factor probatorio es fundamental en los procedimientos disciplinarios.
Factor probatorio.
Factor probatorio.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2022