Resolución N.° 0019-2022-JUS/CN

24 de febrero de 2022

La responsabilidad debe recaer en quien realiza la conducta omisiva o activa constitutiva de infracción sancionable, por lo que, las entidades deben presumir que los administrados han actuado apegados a sus deberes mientras no cuenten con evidencia en contrario, en virtud a ello, se debe considerar que el factor probatorio es fundamental en los procedimientos disciplinarios.

Factor probatorio.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2022

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RESOLUCION 019-2022-JUS-CN

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