Resolución N.° 046-2023-JUS/CN
24 de marzo de 2023
De conformidad a lo establecido en la Décimo Quinta Disposición Complementaria Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 1049, en atención a las necesidades de la población y con la finalidad de priorizar la atención del servicio notarial, es que debe atenderse favorablemente el pedido de la notaria de ser traslada al distrito de San Juan Bautista, provincia de Maynas Distrito Notarial de Loreto.
Traslado temporal.
Traslado temporal.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2023