Resolución N.° 007-2023-JUS/CN

6 de febrero de 2023

| La certificación que hace el notario en instrumentos públicos extra protocolares están revestidas de fe notarial, es decir, contienen la fe pública delegada por el Estado Peruano de modo que las declaraciones que efectúe el notario en sus certificaciones se deben tener como ciertas, en tanto, judicialmente no se haya acreditado lo contrario.

Declaraciones del notario en instrumentos extra protocolares.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2023

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RESOLUCION 007-2023-JUS-CN

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