Resolución N.° 001478-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

2 de abril de 2025

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00300-2025-JUS/TTAIP de fecha 20 de enero de 2025, interpuesto por HÉCTOR WILFREDO MONTOYA SÁNCHEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA con fecha 26 de diciembre de 2024 con registro 9303.

Con fecha 26 de diciembre de 2024 el recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico lo siguiente:
“Solicito copia digital de los oficios o documentos expedidos para realizar la fiscalización posterior de los documentos que obran en los legajos personales de los funcionarios de Alta Dirección de ANIN, conforme ordena la Directiva N° 001-2023-SERVIR-GDSRH”.
Con fecha 20 de enero de 2025, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, alegando que según la mesa de partes de la entidad su pedido está vencido porque no fue subsanado, sin embargo, no había recibido ningún mensaje para subsanar.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000412-2025/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 24 de enero de 2025 notificada a la entidad en fecha 17 de marzo de 2025, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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