Resolución N.° 001232-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
19 de marzo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00544-2025-JUS/TTAIP de fecha 5 de febrero de 2025, interpuesto por LEANDRO GARCÍA VALDEZ contra el correo electrónico de fecha 3 de febrero de 2025 que adjunta el MEMORÁNDUM N° 217 -2025-MTC/20.10, mediante el cual el PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL - PROVÍAS NACIONAL atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada el 20 de enero de 2025 registrada con Expediente N° 19493.
Con fecha 20 de enero de 2025, el recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de lo siguiente:
“En la cláusula segunda de la Adenda 6 del Contrato de Ejecución de Obra 028.2017.MTC.20 entre PROVIAS y el CONSORCIO PUENTES REGIONALES dicha entidad proporcionó estructuras metálicas de puentes modulares para los pases provisionales vehiculares de los puentes Ipoki y Pichanaki. Sobre ello solicito 1. El contrato con el que se compró dichos puentes modulares provisionales
2. Las especificaciones técnicas de dichos puentes
3. Documentos correo_electronicos a CONSORCIO PUENTES REGIONALES al momento que se le proporcionó dichos puentes.”
Con fecha 20 de enero de 2025, el recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de lo siguiente:
“En la cláusula segunda de la Adenda 6 del Contrato de Ejecución de Obra 028.2017.MTC.20 entre PROVIAS y el CONSORCIO PUENTES REGIONALES dicha entidad proporcionó estructuras metálicas de puentes modulares para los pases provisionales vehiculares de los puentes Ipoki y Pichanaki. Sobre ello solicito 1. El contrato con el que se compró dichos puentes modulares provisionales
2. Las especificaciones técnicas de dichos puentes
3. Documentos correo_electronicos a CONSORCIO PUENTES REGIONALES al momento que se le proporcionó dichos puentes.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala