Resolución N.° 001206-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
18 de marzo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00374-2025-JUS/TTAIP de fecha 23 de enero de 2025, interpuesto por YUDHIT KARINA PARIA SOTO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIO DE SANEAMIENTO TACNA S. A., con el escrito de fecha 7 de enero del 2025.
Con fecha 7 de enero del 2025, la recurrente requirió a la entidad se le remita la siguiente
información:
“[1] Copia simple del expediente completo del reclamo 204952
[2] Copia simple de las funciones del analista de conciliación de reclamos de la EPS TACNA” [sic].
Con fecha 23 de enero de 2025, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis solicitando la entrega de la información y que se ordene el inicio del procedimiento sancionador a los funcionarios o servidores públicos que han incurrido en falta administrativa en el trámite del procedimiento de acceso a la información pública.
A través de la RESOLUCIÓN N° 000567-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 3 de febrero de 20251, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, los cuales no fueron remitidos hasta la fecha de emisión de la presente resolución
Con fecha 7 de enero del 2025, la recurrente requirió a la entidad se le remita la siguiente
información:
“[1] Copia simple del expediente completo del reclamo 204952
[2] Copia simple de las funciones del analista de conciliación de reclamos de la EPS TACNA” [sic].
Con fecha 23 de enero de 2025, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis solicitando la entrega de la información y que se ordene el inicio del procedimiento sancionador a los funcionarios o servidores públicos que han incurrido en falta administrativa en el trámite del procedimiento de acceso a la información pública.
A través de la RESOLUCIÓN N° 000567-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 3 de febrero de 20251, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, los cuales no fueron remitidos hasta la fecha de emisión de la presente resolución
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala