Resolución N.° 001882-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
5 de mayo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01289-2025-JUS/TTAIP, recibido por este Tribunal con fecha 25 de marzo de 2025, interpuesto por WILMER EDINSON LÓPEZ CAMACHO contra la Resolución de Presidencia N° 000958-2025-MP-FN-PJFSSANTA de fecha 18 de marzo de 2025, por la cual el MINISTERIO PÚBLICO - PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE FISCALES SUPERIORES DEL SANTA atendió su solicitud de acceso a la información pública.
Que, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente información: “(…) 1. Remita copia simple y digitalizada del acta de juramentación de los peritos Hedy Marylu Sotelo Torre y Cesar Luis Rubina Valverde, para realizar el peritaje en la carpeta fiscal 387-2022. 2. Solicito remita copia simple y digitalizada del curriculum (incluyendo sus capacitaciones) de los peritos Hedy Marylu Sotelo Torre y Cesar Luis Rubina Valverde, en calidad de peritos del caso 387-2022. 3. Solicito remita copia simple y digitalizada de las ordenes de servicio de las personas que han sido incluidas en el proceso judicial, donde aparece mi firma, que según la fiscalía a cargo del caso afirma que se autorizó el pago de trabajadores fantasmas y de servicios fantasmas, en el caso 387-2022.
Que, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente información: “(…) 1. Remita copia simple y digitalizada del acta de juramentación de los peritos Hedy Marylu Sotelo Torre y Cesar Luis Rubina Valverde, para realizar el peritaje en la carpeta fiscal 387-2022. 2. Solicito remita copia simple y digitalizada del curriculum (incluyendo sus capacitaciones) de los peritos Hedy Marylu Sotelo Torre y Cesar Luis Rubina Valverde, en calidad de peritos del caso 387-2022. 3. Solicito remita copia simple y digitalizada de las ordenes de servicio de las personas que han sido incluidas en el proceso judicial, donde aparece mi firma, que según la fiscalía a cargo del caso afirma que se autorizó el pago de trabajadores fantasmas y de servicios fantasmas, en el caso 387-2022.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala