Resolución N.° 002092-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SAL

13 de mayo de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 01055-2025-JUS/TTAIP de fecha 10 de marzo de 2025, interpuesto por CÉSAR AUGUSTO CAHUANA FLORES contra la Carta de Notificación N° 26-2025-AIP-MDM de fecha 5 de marzo de 2025 que anexa el Informe N° 091-2025-OGACyGD/MDM, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCONA atendió su solicitud de acceso a la información pública de fecha 3 de febrero de 2025 registrada con Expediente N° 1036.

Con fecha 3 de febrero de 2025, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“Mediante el presente le hago llegar mis cordiales saludos, para luego comunicarles, que he tomado conocimiento de manera no oficial, que mi carta N° 016-2025-CPR, entregada por mesa de partes el día 06 de enero del 2025, ha tenido como respuesta el informe legal N° 02-2025-WAM/MDM, es por ello que solicito a usted se digne a proporcionarme las copias fedateadas de dicho informe legal y del memorándum N° 010-2025-GM/MDM de fecha 22 de enero del 2025, por ser para mí de suprema importancia, el tomar conocimiento de la respuesta a mi carta.
Este pedido lo hago amparado en la ley N° 27806-LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA ADMINISTRACION PUBLICA-”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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