Resolución N.° 001901-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
30 de abril de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00975-2025-JUS/TTAIP de fecha 3 de marzo de 2025, interpuesto por RONALD ALEX GAMARRA HERRERA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el EJÉRCITO DEL PERÚ con fecha 27 de agosto de 2024.
Con fecha 27 de agosto de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“Documentación en poder del Ejército Peruano sobre las guerrillas del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y su represión por parte de las Fuerzas Armadas y policiales en los años 1964, 1965 y 1966.”
Con fecha 3 de marzo de 2025, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio
administrativo.
Mediante la Resolución N° 001136-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 27 de agosto de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“Documentación en poder del Ejército Peruano sobre las guerrillas del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y su represión por parte de las Fuerzas Armadas y policiales en los años 1964, 1965 y 1966.”
Con fecha 3 de marzo de 2025, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio
administrativo.
Mediante la Resolución N° 001136-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala