Resolución N.° 001839-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
28 de abril de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00947-2025-JUS/TTAIP de fecha 28 de febrero de 2025, interpuesto por FERNANDO BARRIONUEVO BLAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA - SUNEDU de fecha 11 de febrero de 2025.
Con fecha 11 de febrero de 2025, el recurrente solicitó a la entidad que le remita la siguiente información a su correo electrónico:
“(…) consistente en UNA COPIA SIMPLE DEL DOCUMENTO NORMATIVO EN DONDE SE OBSERVA LA NORMATIVIDAD SOBRE LAS CONDICIONES
BASICAS DE CALIDAD.”
Con fecha 28 de febrero de 2025, el recurrente interpuso el recurso de apelación ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio
administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001113-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, de fecha 11 de marzo de 2025, se admitió el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 11 de febrero de 2025, el recurrente solicitó a la entidad que le remita la siguiente información a su correo electrónico:
“(…) consistente en UNA COPIA SIMPLE DEL DOCUMENTO NORMATIVO EN DONDE SE OBSERVA LA NORMATIVIDAD SOBRE LAS CONDICIONES
BASICAS DE CALIDAD.”
Con fecha 28 de febrero de 2025, el recurrente interpuso el recurso de apelación ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio
administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001113-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, de fecha 11 de marzo de 2025, se admitió el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala