Resolución N.° 001810-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
25 de abril de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00700-2025-JUS/TTAIP de fecha 13 de febrero de 2025, interpuesto por LIZANDRO WALTER EULOGIO HINOSTROZA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO con fecha 29 de noviembre de 2024, reiterada con fecha 16 de diciembre de 2024.
Con fecha 29 de noviembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad copia simple de la información que a continuación se detalla:
“INFORME N° 158-2023-MPH/SGGRG-AR DE FECHA 03 DE AGOSTO DEL 2023 CON SUS ACTUADOS Y ANEXOS CORRESPONDIENTES” [sic].
Con fecha 13 de febrero de 2025, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000905-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 24 de febrero de 2025, se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, mediante Oficio N° 194-2025- MPH/SG ingresado con fecha 7 de abril de 2024, la entidad señaló que mediante Carta N° 301-2025-MPH/SG de fecha 4 de abril de 2025 se brindó atención al requerimiento del administrado.
Con fecha 29 de noviembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad copia simple de la información que a continuación se detalla:
“INFORME N° 158-2023-MPH/SGGRG-AR DE FECHA 03 DE AGOSTO DEL 2023 CON SUS ACTUADOS Y ANEXOS CORRESPONDIENTES” [sic].
Con fecha 13 de febrero de 2025, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000905-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 24 de febrero de 2025, se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, mediante Oficio N° 194-2025- MPH/SG ingresado con fecha 7 de abril de 2024, la entidad señaló que mediante Carta N° 301-2025-MPH/SG de fecha 4 de abril de 2025 se brindó atención al requerimiento del administrado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala