Resolución N.° 001723-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
22 de abril de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00634-2025-JUS/TTAIP de fecha 10 de febrero de 2025, interpuesto por MIGUEL ALBERTO PAREDES TORRES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL con fecha 30 de octubre de 2024, registrada con Expediente I20240025177.
Con fecha 30 de octubre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad remita en formato
pdf a su correo electrónico la siguiente información:
“LAS ÓRDENES DE SERVICIOS Y EXPEDIENTES DE PAGO QUE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL HAYA EMITIDO, EN EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2015 A LA FECHA, EN FAVOR DE LAS SIGUIENTES PERSONAS NATURALES:
1. ANA ROBERTA ALTAMIRANO GARCÍA, CON DNI N° xxxx
2. MARÍA TERESA GARCÍA”.
Con fecha 10 de febrero de 2025, al no recibir respuesta a la solicitud, el recurrente consideró denegada su solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, presentó el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad.
Mediante la Resolución 000703-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública; los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 30 de octubre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad remita en formato
pdf a su correo electrónico la siguiente información:
“LAS ÓRDENES DE SERVICIOS Y EXPEDIENTES DE PAGO QUE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL HAYA EMITIDO, EN EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2015 A LA FECHA, EN FAVOR DE LAS SIGUIENTES PERSONAS NATURALES:
1. ANA ROBERTA ALTAMIRANO GARCÍA, CON DNI N° xxxx
2. MARÍA TERESA GARCÍA”.
Con fecha 10 de febrero de 2025, al no recibir respuesta a la solicitud, el recurrente consideró denegada su solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, presentó el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad.
Mediante la Resolución 000703-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública; los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala