Resolución N.° 001438-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

1 de abril de 2025

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00506-2025-JUS/TTAIP de fecha 3 de febrero de 2025, interpuesto por TANIA EDITA BURGOS CASTAÑEDA contra el OFICIO N° 01253- 2025-MINEDU/SG-OACIGED de fecha 22 de enero del 2025, a través del cual el
MINISTERIO DE EDUCACIÓN atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 17 de enero de 2025.
Con fecha 17 de enero de 2025, en ejercicio del derecho de acceso a la información
pública, la recurrente requirió a la entidad se le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“1. Una copia simple de las consultas, dudas, preocupaciones y/o dudas hechas por algún, o alguna miembro, del Comité de Evaluación de las diferentes UGELs, o por la propia UGEL o DRELM, de Lima Metropolitana, pertenecientes a la circunscripción de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana, a la Dirección de Evaluación Docente (DIED).
2. Una copia simple de las respuestas dadas por la Dirección de Evaluación Docente (DIED) a las consultas, dudas, preocupaciones y/o dudas hechas por algún, o alguna miembro, o del propio comité en pleno del Comité de Evaluación de
las diferentes UGELs, o por la propia UGEL o DRELM, de Lima Metropolitana pertenecientes a la circunscripción de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana.
3. Una copia simple de la norma y del artículo, inciso o numeral, si fuera el caso que regula y precisa las funciones y responsabilidades del Comité de Evaluación y de la DIED.
(…)” (sic)
Mediante el OFICIO N° 01253-2025-MINEDU/SG-OACIGED de fecha 22 de enero del 2025, la entidad comunica a la recurrente que la información solicitada es voluminosa y será entregada el 28 de febrero de 2025.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

Vista preliminar de documento Resolución N° 001438-2025-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA

Resolución N° 001438-2025-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA

PDF
971.6 KB