Resolución N.° 001398-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
28 de marzo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00444-2025-JUS/TTAIP de fecha 29 de enero de 2025, interpuesto por SEGUNDO GUSTAVO AGUAYO ARIAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA - GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN con Registro Nº 4811214 de fecha 8 de enero de 2025.
Con fecha 8 de enero de 2025, el recurrente solicitó la remisión a su correo electrónico de la información que a continuación se detalla:
“I.- Copias de los documentos de las acciones adoptadas por la GREA, referente al pedido de la Comunidad Campesina Huayuri-Molino, Distrito de Quicacha-Provincia de Caraveli-Región Arequipa, con oficio 09-2024 de fecha 04 de noviembre del 2024 (adjunto copia de documento presentado)” (sic).
Con fecha 29 de enero de 2025 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000630-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 7 de febrero de 20251 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 8 de enero de 2025, el recurrente solicitó la remisión a su correo electrónico de la información que a continuación se detalla:
“I.- Copias de los documentos de las acciones adoptadas por la GREA, referente al pedido de la Comunidad Campesina Huayuri-Molino, Distrito de Quicacha-Provincia de Caraveli-Región Arequipa, con oficio 09-2024 de fecha 04 de noviembre del 2024 (adjunto copia de documento presentado)” (sic).
Con fecha 29 de enero de 2025 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000630-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 7 de febrero de 20251 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala