Resolución N.° 001035-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
4 de marzo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00169-2025-JUS/TTAIP recepcionado por este Tribunal con fecha 10 de enero de 2024, interpuesto por RAÚL ARMANDO VELASQUEZ TEMOCHE contra el correo electrónico de fecha 18 de diciembre de 2024, mediante el cual la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 0820240815907 de fecha 13 de diciembre de 2024.
Con Expediente N° 0820240815907 de fecha 13 de diciembre de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la remisión a su correo electrónico de la siguiente información:
“Que, al amparo del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, SOLICITO LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
1. Copia de la Resolución del Órgano Sancionador del Procedimiento Administrativo Disciplinario seguido contra el servidor DENNYS HUBER SALAZAR FERNANDEZ emitida con posterioridad a lo resuelto por el Tribunal del Servicio Civil mediante Resolución N° 576-2018-SERVIR/TSC-Primera Sala de fecha 5 de abril de 2018 que declaró la NULIDAD de la Resolución de Gerencia Central de Capital Humano N° 00001-2018-CG/GCH del 23 de enero de 2018.
(...)
2. Copia del Informe de Precalificación de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios que dispone el archivo de la denuncia o que recomienda el inicio de Procedimiento Administrativo Disciplinario contra el servidor VICTOR MANUELHERNANDEZ ALVA emitido con posterioridad a lo resuelto por el Tribunal del Servicio Civil mediante Resolución N° 1846-2018-SERVIR/TSC-Primera Sala de fecha 4 de octubre de 2018 que declaró la NULIDAD de la Carta Nº 0001-2017-CG/CORETR del 10 de febrero de 2017 y de la Resolución del Departamento de Recursos Humanos N° 00022017-CG/RH-OS del 23 de junio de 2017.
Con Expediente N° 0820240815907 de fecha 13 de diciembre de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la remisión a su correo electrónico de la siguiente información:
“Que, al amparo del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, SOLICITO LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
1. Copia de la Resolución del Órgano Sancionador del Procedimiento Administrativo Disciplinario seguido contra el servidor DENNYS HUBER SALAZAR FERNANDEZ emitida con posterioridad a lo resuelto por el Tribunal del Servicio Civil mediante Resolución N° 576-2018-SERVIR/TSC-Primera Sala de fecha 5 de abril de 2018 que declaró la NULIDAD de la Resolución de Gerencia Central de Capital Humano N° 00001-2018-CG/GCH del 23 de enero de 2018.
(...)
2. Copia del Informe de Precalificación de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios que dispone el archivo de la denuncia o que recomienda el inicio de Procedimiento Administrativo Disciplinario contra el servidor VICTOR MANUELHERNANDEZ ALVA emitido con posterioridad a lo resuelto por el Tribunal del Servicio Civil mediante Resolución N° 1846-2018-SERVIR/TSC-Primera Sala de fecha 4 de octubre de 2018 que declaró la NULIDAD de la Carta Nº 0001-2017-CG/CORETR del 10 de febrero de 2017 y de la Resolución del Departamento de Recursos Humanos N° 00022017-CG/RH-OS del 23 de junio de 2017.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala