Resolución N.° 001082-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
7 de marzo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00244-2025-JUS/TTAIP de fecha 16 de enero de 2025, interpuesto por EXSON ALEXANDER VILCHERREZ ATO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a EJÉRCITO DEL PERÚ con fecha 13 de diciembre de 2024.
Con fecha 13 de diciembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde lo siguiente:
“1. Copia de todos los documentos presentados como evidencias probatorias y nuevas evidencias probatorias ante el comando del Ejército (COPERE, Inspectoría, etc.) por los investigados Bernardo Pablo Ghersi Prado y Edson Humberto Riveros Aleman en sus recursos de reconsideración y apelación a las sanciones impuestas en el año 2023, como resultado de las investigaciones realizadas por el Consejo de Investigación para Oficiales Generales y por la Inspectoría del Comando de Personal del Ejército, de acuerdo con el siguiente detalle:
(…)
2. Copia de las resoluciones del comando del Ejército que resuelven los recursos de reconsideración y de apelación presentados por los investigados Bernardo Pablo Ghersi Prado y Edson Humberto Riveros Aleman a las sanciones impuestas como resultado de las investigaciones realizadas por el Consejo de Investigación para Oficiales Generales y por la Inspectoría del Comando de Personal del Ejército.
(…)
3. Cuadro de mérito de ascenso de los años 2021 v 2023 de Coronel de Artillería a General de Brigada de la promoción 01 de enero de 1994, debiendo contener necesariamente las notas del cuadro de Aptitud y Notas (LPA), notas de JUSEL y nota final.
4. Copia de la directiva N° 001 S-1.a/1-2/02.36 de fecha enero 2022 (PROCESO DE ASCENSO Y FUNCIONAMIENIO DE LAS JUNTAS Y COMITÉS PARA OFICIALES PROMOCIÓN 2023).
5. La Directiva N° 001/1GE/K-4/20.04.01, que estuvo vigente hasta el 14 de diciembre de 2022 (DIRECTIVA GENERAL PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE INSPECTORÍA EN EL EJÉRCITO)”.
Con fecha 16 de enero de 2025, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000445-2025/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 28 de enero de 2025, notificada a la entidad en fecha 24 de febrero de 2025, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Con fecha 13 de diciembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde lo siguiente:
“1. Copia de todos los documentos presentados como evidencias probatorias y nuevas evidencias probatorias ante el comando del Ejército (COPERE, Inspectoría, etc.) por los investigados Bernardo Pablo Ghersi Prado y Edson Humberto Riveros Aleman en sus recursos de reconsideración y apelación a las sanciones impuestas en el año 2023, como resultado de las investigaciones realizadas por el Consejo de Investigación para Oficiales Generales y por la Inspectoría del Comando de Personal del Ejército, de acuerdo con el siguiente detalle:
(…)
2. Copia de las resoluciones del comando del Ejército que resuelven los recursos de reconsideración y de apelación presentados por los investigados Bernardo Pablo Ghersi Prado y Edson Humberto Riveros Aleman a las sanciones impuestas como resultado de las investigaciones realizadas por el Consejo de Investigación para Oficiales Generales y por la Inspectoría del Comando de Personal del Ejército.
(…)
3. Cuadro de mérito de ascenso de los años 2021 v 2023 de Coronel de Artillería a General de Brigada de la promoción 01 de enero de 1994, debiendo contener necesariamente las notas del cuadro de Aptitud y Notas (LPA), notas de JUSEL y nota final.
4. Copia de la directiva N° 001 S-1.a/1-2/02.36 de fecha enero 2022 (PROCESO DE ASCENSO Y FUNCIONAMIENIO DE LAS JUNTAS Y COMITÉS PARA OFICIALES PROMOCIÓN 2023).
5. La Directiva N° 001/1GE/K-4/20.04.01, que estuvo vigente hasta el 14 de diciembre de 2022 (DIRECTIVA GENERAL PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE INSPECTORÍA EN EL EJÉRCITO)”.
Con fecha 16 de enero de 2025, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000445-2025/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 28 de enero de 2025, notificada a la entidad en fecha 24 de febrero de 2025, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala