Resolución N.° 001010-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
3 de marzo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 05359-2024-JUS/TTAIP de fecha 19 de diciembre de 2024, interpuesto por HUGO GÓMEZ SÁNCHEZ RAMÍREZ contra la comunicación contenida en el correo electrónico de fecha 10 de diciembre de 2024 mediante la cual el FONDO MI VIVIENDA S.A. atendió su solicitud de acceso a la información pública de fecha 22 de noviembre de 2024 registrada con Expediente N° 265-2024.
Con fecha 22 de noviembre de 2024 el recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico la siguiente información:
“1. Copia de mi entrega de cargo con todos los anexos que acompañaron dicho documento por ambos lados.
2. Directiva interna vigente al 24.09.2019, que regule la entrega de cargo de personal con calidad de especialista.
3. Documento o proveído mediante el cual se deriva para la atención la Resolución N° 713-2018/SUNAFIL/ILM/SIRE4 con la que se notifica al FMV la inspección de SUNAFIL referido al caso de Julissa Yasmet Cárdenas Zúñiga.
4. Copia del FALSO EXPEDIENTE INTERNO del FMV por ambos lados, con todos los anexos que acompañaron dichos documentos, incluido los sellos de los proveídos que se ponen en las hojas posteriores a fin de verificar la derivación al responsable de su atención vinculado al caso materia de imputación (distinto al expediente que tiene SUNAFIL como órgano supervisor)
5. Copia del FALSO EXPEDIENTE DE SUNAFIL por ambos lados, indicado en el punto 1.17 de la Carta N° 17-2024-FMV/OCNI, con todos los anexos que acompañaron dichos documentos, incluido los sellos de proveídos que se ponen en las hojas posteriores a fin de verificar la derivación al responsable de su atención
6. Lista del personal responsable de la revisión de la casilla electrónica de la SUNAFIL con indicación del periodo de su vigencia comprendido desde el año 2015 hasta el año 2022.
Con fecha 22 de noviembre de 2024 el recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico la siguiente información:
“1. Copia de mi entrega de cargo con todos los anexos que acompañaron dicho documento por ambos lados.
2. Directiva interna vigente al 24.09.2019, que regule la entrega de cargo de personal con calidad de especialista.
3. Documento o proveído mediante el cual se deriva para la atención la Resolución N° 713-2018/SUNAFIL/ILM/SIRE4 con la que se notifica al FMV la inspección de SUNAFIL referido al caso de Julissa Yasmet Cárdenas Zúñiga.
4. Copia del FALSO EXPEDIENTE INTERNO del FMV por ambos lados, con todos los anexos que acompañaron dichos documentos, incluido los sellos de los proveídos que se ponen en las hojas posteriores a fin de verificar la derivación al responsable de su atención vinculado al caso materia de imputación (distinto al expediente que tiene SUNAFIL como órgano supervisor)
5. Copia del FALSO EXPEDIENTE DE SUNAFIL por ambos lados, indicado en el punto 1.17 de la Carta N° 17-2024-FMV/OCNI, con todos los anexos que acompañaron dichos documentos, incluido los sellos de proveídos que se ponen en las hojas posteriores a fin de verificar la derivación al responsable de su atención
6. Lista del personal responsable de la revisión de la casilla electrónica de la SUNAFIL con indicación del periodo de su vigencia comprendido desde el año 2015 hasta el año 2022.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala