Resolución N.° 000978-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
27 de febrero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 05459-2024-JUS/TTAIP de fecha 27 de diciembre de 2024, interpuesto por JUAN JONES MAMANI TICONA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la DIRECCIÓN REGIONAL DE PUNO – RED DE SALUD HUANCANÉ con fecha 2 de diciembre de 2024, registrada con Expediente 9593.
Con fecha 2 de diciembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico lo siguiente:
“El expediente administrativo o cualquier documentación que sirvió para disminuir mi remuneración a partir de enero 2024”.
Con fecha 27 de diciembre de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 00088-2025/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 7 de enero de 2025, notificada a la entidad en fecha 3 de febrero de 2025, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Con fecha 2 de diciembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico lo siguiente:
“El expediente administrativo o cualquier documentación que sirvió para disminuir mi remuneración a partir de enero 2024”.
Con fecha 27 de diciembre de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 00088-2025/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 7 de enero de 2025, notificada a la entidad en fecha 3 de febrero de 2025, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala