Resolución N.° 001205-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
19 de marzo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00292-2025-JUS/TTAIP de fecha 20 de enero de 2025, interpuesto por LUIGGI ADRIÁN ELGUERA FUENTES1 contra el Informe 3148-2024-OS-GSE/DSHL, notificado con el correo electrónico de fecha 27 de diciembre de 2024, mediante el cual el ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA hizo uso de la prórroga para atender la solicitud de acceso a la información pública presentada el 20 de diciembre de 2024, la cual generó el Número de Expediente N° 202400303546.
Con fecha 20 de diciembre de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente presentó solicitud con Expediente N° 202400303546 para que se le remita la siguiente información:
“(…) correos electrónicos (enviados/recibidos) de la cuenta institucional del Sr. Adan Sanchez Obregon del desde septiembre a diciembre del 2023 en formato pst que tengan como destinatario o emisor principal cual profesionales de empresas supervisoras personal natural que estén asociadas a las módulos de Osinergmin o cuentas personales de dichos profesionales” (sic).
Mediante el correo electrónico de fecha 24 de diciembre de 2024, la entidad requirió que el recurrente precise “(…) si su pedido se refiere a los correos de setiembre a diciembre del 2023, que el Ing. Adan Sanchez ha recibido o emitido de/a los supervisores que brinda sus servicios al Osinergmin como empresa supervisora persona natural, a través de una dirección de correo que formalmente ha registrado en el Osinergmin, así como los que han sido enviados o recibidos de parte de las empresa supervisoras personas naturales con otras de sus direcciones de correo personales”.
Con fecha 20 de diciembre de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente presentó solicitud con Expediente N° 202400303546 para que se le remita la siguiente información:
“(…) correos electrónicos (enviados/recibidos) de la cuenta institucional del Sr. Adan Sanchez Obregon del desde septiembre a diciembre del 2023 en formato pst que tengan como destinatario o emisor principal cual profesionales de empresas supervisoras personal natural que estén asociadas a las módulos de Osinergmin o cuentas personales de dichos profesionales” (sic).
Mediante el correo electrónico de fecha 24 de diciembre de 2024, la entidad requirió que el recurrente precise “(…) si su pedido se refiere a los correos de setiembre a diciembre del 2023, que el Ing. Adan Sanchez ha recibido o emitido de/a los supervisores que brinda sus servicios al Osinergmin como empresa supervisora persona natural, a través de una dirección de correo que formalmente ha registrado en el Osinergmin, así como los que han sido enviados o recibidos de parte de las empresa supervisoras personas naturales con otras de sus direcciones de correo personales”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala