Resolución N.° 001146-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
12 de marzo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00225-2025-JUS/TTAIP de fecha 15 de enero de 2025, interpuesto por WILMER MARTIN SOTELO PEREDA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL de fecha 29 de noviembre de 2024, con expediente N° 20240027633.
Con fecha 29 de noviembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad le brinde la siguiente información a su correo electrónico:
“COPIA DEL CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Y LA JUNTA VECINAL RESIDENCIAL CALLAO CON RESOLUCIÓN N° 051-2022- OP/MDSM PRESIDIDO POR EL SR. CHRISTIAN ROJAS VIGNOLO PARA LA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LUMINARIAS TIPO REFLECTORES UBICADOS EN LA CANCHA DEPORTIVO DE FUTBOL LA CUAL SE ENCUENTRA EN EL PARQUE DE LA URBANIZACIÓN RESIDENCIAL CALLAO, TODA VEZ QUE ES UN ESPACIO PÚBLICO Y SE ESTÁN HACIENDO COBROS POR SU UTILIZACIÓN”.
Con fecha 15 de enero de 2025, el recurrente interpuso el recurso de apelación ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio
administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000399-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, de fecha 24 de enero de 2025, se admitió a trámite el recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 29 de noviembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad le brinde la siguiente información a su correo electrónico:
“COPIA DEL CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Y LA JUNTA VECINAL RESIDENCIAL CALLAO CON RESOLUCIÓN N° 051-2022- OP/MDSM PRESIDIDO POR EL SR. CHRISTIAN ROJAS VIGNOLO PARA LA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LUMINARIAS TIPO REFLECTORES UBICADOS EN LA CANCHA DEPORTIVO DE FUTBOL LA CUAL SE ENCUENTRA EN EL PARQUE DE LA URBANIZACIÓN RESIDENCIAL CALLAO, TODA VEZ QUE ES UN ESPACIO PÚBLICO Y SE ESTÁN HACIENDO COBROS POR SU UTILIZACIÓN”.
Con fecha 15 de enero de 2025, el recurrente interpuso el recurso de apelación ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio
administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000399-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, de fecha 24 de enero de 2025, se admitió a trámite el recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala