Resolución N.° 000721-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

17 de febrero de 2025

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00035-2025-JUS/TTAIP de fecha 2 de enero de 2025, interpuesto por TEODORO BRUNO HUACACHI QUISPE contra el Oficio Nº 339-2024-DIE7100-UGEL 01-SJM de fecha 10 de diciembre de 2024, mediante el cual la INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 7100 REPÚBLICA ALEMANA atendió la solicitud de acceso a la información pública con fecha 6 de diciembre de 2024.
Con fecha 6 de diciembre de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente presentó su solicitud a la Directora de la entidad requiriendo se le proporcione lo siguiente:
“(…) copia certificada del acta y todo lo actuado en mi contra por la Comisión de Convivencia Escolar, que usted lo dirige; por la presunta violencia que dicen que realice (…) el suscrito actualmente soy docente nombrado de la I.E. Nº 7100 ‘República Alemana’ de San Juan de Miraflores, me enterado en forma extraoficial que se me ha levantado un acta en mi contra por presunta violencia contra un menor de edad el cual niego rotundamente por haberse solamente citado a la madre de familia de acuerdo al cuaderno de incidencia que lleva la brigadier del aula, también según consta en la citación por medio de wasap en tutoría del 4to. B a la madre del alumno para el día 01/10/2024, efectuada por la auxiliar Petronila Denegri, por indicaciones de mi abogado se le solicita los documentos que se hicieron contra mi persona que supuestamente firmo la madre de familia y no seque se me atribuye donde participan psicólogo, el docente José María Torres de convivencia, la madre de familia y usted. (…)”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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