Resolución N.° 000959-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
26 de febrero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00266-2025-JUS/TTAIP de fecha 15 de enero de 2025, interpuesto por ADOLFO HUERTO HUERTO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO con fecha 12 de diciembre de 2024, con Expediente N° 38391-2024.
Con fecha 12 de diciembre de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita la siguiente información:
“Copia del Contrato Nro. 16-2021-MDS (con nomenclatura CP-SM-1-2021-CSMDS-
1) de fecha 23 de junio de 2021 y todos sus anexos, copla certificada del Contrato Complementario, copia certificada de la adenda y/o documento legal con el cual se está trabajando y pagando actualmente con la Empresa INDUSTRIAS
ARGUELLES Y SERVICIOS GENERALES S.A.C” [sic].
Con fecha 15 de enero de 2025, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
A través de la RESOLUCIÓN N° 000378-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 22 de enero de 2025, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, los cuales no fueron remitidos hasta la fecha de emisión de la presente resolución.
Con fecha 12 de diciembre de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita la siguiente información:
“Copia del Contrato Nro. 16-2021-MDS (con nomenclatura CP-SM-1-2021-CSMDS-
1) de fecha 23 de junio de 2021 y todos sus anexos, copla certificada del Contrato Complementario, copia certificada de la adenda y/o documento legal con el cual se está trabajando y pagando actualmente con la Empresa INDUSTRIAS
ARGUELLES Y SERVICIOS GENERALES S.A.C” [sic].
Con fecha 15 de enero de 2025, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
A través de la RESOLUCIÓN N° 000378-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 22 de enero de 2025, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, los cuales no fueron remitidos hasta la fecha de emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala