Resolución N.° 000864-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
20 de febrero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 05219-2024-JUS/TTAIP de fecha 11 de diciembre de 2024, interpuesto por ALFREDO DI JORDI ESPINOZA PACAHUALA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO con Expediente Nº 00528609 de fecha 22 de noviembre de 2024.
Con fecha 22 de noviembre de 2024 el recurrente solicitó a la entidad la información que a continuación se detalla:
“1.1. Todo el Expediente N°481192
1.2. Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación que ya se habría emitido en mérito de la Resolución de Gerencia Municipal N°721-2024-MPH/GM del 05 de noviembre de 2024.
En caso no se hubiese otorgado la citada conformidad de obra, se solicita la Resolución o cualquier otro documento que la habría observado o declarado improcedente.”.
Con fecha 11 de diciembre de 2024 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 005096-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 19 de diciembre de 20241 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 22 de noviembre de 2024 el recurrente solicitó a la entidad la información que a continuación se detalla:
“1.1. Todo el Expediente N°481192
1.2. Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación que ya se habría emitido en mérito de la Resolución de Gerencia Municipal N°721-2024-MPH/GM del 05 de noviembre de 2024.
En caso no se hubiese otorgado la citada conformidad de obra, se solicita la Resolución o cualquier otro documento que la habría observado o declarado improcedente.”.
Con fecha 11 de diciembre de 2024 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 005096-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 19 de diciembre de 20241 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala