Resolución N.° 000717-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

13 de febrero de 2025

VISTO el Expediente de Apelación Nº 05442-2024-JUS/TTAIP de fecha 26 de diciembre de 2024, interpuesto por CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ DÁVILA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO - PLAN DE MEJORAMIENTO DE RIEGO EN SIERRA Y SELVA - PLAN MERISS con Expediente N° 113354 de fecha 4 de diciembre de 2024.

Con fecha 4 de diciembre de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó que se le remite por correo electrónico: “(…) una copia del perfil y el expediente técnico del “Estudio Hidrogeológico de la represa Condorccota – San Andres de Checca, Canas – Cusco” (…)” [sic]
Con fecha 26 de diciembre de 2024, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000147-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 9 de enero de 2025 se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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