Resolución N.° 000710-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

13 de febrero de 2025

VISTO el Expediente de Apelación Nº 05463-2024-JUS/TTAIP de fecha 27 de diciembre de 2024, interpuesto por ALBERTO GONZÁLEZ CÁCERES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE - IPD, con fecha 5 de noviembre de 2024.
Con fecha 5 de noviembre de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente requirió a la entidad se le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“1. Copia de todas las solicitudes de arrendamiento del Estadio Nacional presentadas por la empresa A23 LIVE ENTERTAINMENT S.A.C.
2. Copia del proveído N° 003467-2024-GG/JUPD del 26 de agosto del 2024.
3. Copia de la solicitud de uso del Estadio Nacional presentado por la Federación Peruana de Futbol para realizar encuentros deportivos en el mes de Noviembre de2024.
4. Copia de la carta del 21 de octubre de 2024 presentada al IPD por la Federación Peruana de Fútbol.
5. Copia del Memorándum Nº 981-2024-UFARDELOGA/IPD del 29 de agosto del 1024.
6. Copia de la carta N° 000147-2024-UCOM-OGA/IPD
7. Carta del 29 de abril de 2024 presentada por la empresa A23 LIVE ENTERTAINMENT S.A.C. y sus anexos.
8. Copia del Informe Nº 000515-2024-UCOM.OGA/IPD
9. Copia del Informe Nº 000516-2024-UCOM.OGA/IPD
10. Copia de la solicitud de arrendamiento del Estadio Nacional presentada por la empresa LIFEMUSIC para el 31 de octubre de 2024.
11. Copia de la solicitud de arrendamiento del Estadio Nacional presentada por la empresa JUST ENJOY E.I.R.L. presentada el 22 de octubre de 2024.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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