Resolución N.° 000666-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
10 de febrero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 05350-2024-JUS/TTAIP de fecha 18 de diciembre de 2024, interpuesto por JOSE LUIS BEDOYA MENDOZA contra la CARTA N° 000588- 2024-TRA/ONPE, remitida mediante el correo electrónico de fecha 25 de noviembre de 2024, a través de la cual la OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES - ONPE, atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 11 de noviembre de 2024.
Con fecha 11 de noviembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se le remita la siguiente información:
“Solicito recibos por conceptos de movilidad o documentos análogos en los cuales sustenten los gastos de movilidad y viáticos del Señor GUIDO ALBERTO ARCE CARREÓN, Analista I de la Gerencia de Supervisión de Fondos
Partidarios, a efectos de asistir presencialmente a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, la Universidad Nacional de Ingeniería y la Universidad Nacional Federico Villarreal para efectuar el servicio de asesoría y asistencia técnica de
la ONPE a los Comités Electorales Universitarios de las mencionadas Universidades entre los años 2022 hasta la actualidad” [sic].
Con fecha 11 de noviembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se le remita la siguiente información:
“Solicito recibos por conceptos de movilidad o documentos análogos en los cuales sustenten los gastos de movilidad y viáticos del Señor GUIDO ALBERTO ARCE CARREÓN, Analista I de la Gerencia de Supervisión de Fondos
Partidarios, a efectos de asistir presencialmente a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, la Universidad Nacional de Ingeniería y la Universidad Nacional Federico Villarreal para efectuar el servicio de asesoría y asistencia técnica de
la ONPE a los Comités Electorales Universitarios de las mencionadas Universidades entre los años 2022 hasta la actualidad” [sic].
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala