Resolución N.° 000549-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

31 de enero de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 04956-2024-JUS/TTAIP de fecha 22 de noviembre de 2024, interpuesto por JUAN ALBERTO BENANCIO HOSPINA contra la Carta N° 447-2024-0600-SG/MSI de fecha 31 de octubre de 2024, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 16212/2024 de fecha 28 de octubre de 2024.
Con fecha 28 de octubre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la documentación que a continuación se detalla:
"(…)
 Copia Simple de mi Legajo Personal, que conste mi vida laboral desde el inicio – 1997 – hasta la fecha de mi cese.
 Copia Simple de mis Boletas de Pago.”
Mediante Carta N° 447-2024-0600-SG/MSI de fecha 31 de octubre de 2024, la entidad denegó dicho requerimiento, adjuntando el Memorándum N° 2718-2024-0900-GGP/MSI de fecha 30 de octubre de 2024, emitido por la Gerente de Gestión de Personas, quien señaló lo siguiente:
“(…) el Sr. Juan Alberto Benancio Hospina. No registra vínculo laboral con la Municipalidad de San Isidro en los regímenes D.L. N°276, D.L.728 y D.L.N°1057 (CAS). Por lo tanto esta Gerencia No puede atender lo solicitado”.
Con fecha 20 de noviembre de 2024 el administrado interpuso el recurso de apelación1 materia de análisis, alegando que la denegatoria de la entidad no se encuentra debidamente motivada, precisando que sí laboró para la entidad desde el año 1997, por lo que la documentación debería encontrarse en sus archivos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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