Resolución N.° 000427-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
27 de enero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 04936-2024-JUS/TTAIP de fecha 21 de noviembre de 2024, interpuesto por CARLOS MIGUEL PEÑA PERRET contra el correo electrónico de fecha 13 de noviembre de 2024, mediante el cual PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ brindó respuesta a la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 29 de octubre de 2024.
Con fecha 29 de octubre de 2024 el recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la siguiente documentación:
“1- Comunicaciones a "Terminales del Perú" y a sus empresas parte de resolución de los contratos de operaciones de los terminales del norte y centro, y las previas (pre aviso o similares) y posteriores sobre la materia hasta antes del inicio de los procesos arbitrales.
2- A 5 años de culminación formal de contrato de operación de los terminales del sur con "Consorcio Terminales", solicito toda documentación existente a la fecha (interna
o intercambiada) sobre incumplimientos y liquidación preliminar o final de cuentas, incluyendo adicionalmente toda documentación sobre y de trato directo que se hubiera iniciado a la fecha de atención a la presente, y gerencia y responsable actual sobre la materia.
3- Denuncias formuladas ante OEFA, OSINERGMIN y/u otras entidades de supervisión estatal, así como ante la Fiscalía, sobre contaminación de turbo y derrame de IFO a que se refiere información recibida el día de hoy (fiscalía y fiscal a cargo, número completo de carpetas o expedientes, mesa de partes virtuales, estado actual, etc) y en su caso documentos de evaluación y determinación de que no procedía interponer las denuncias.
Con fecha 29 de octubre de 2024 el recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la siguiente documentación:
“1- Comunicaciones a "Terminales del Perú" y a sus empresas parte de resolución de los contratos de operaciones de los terminales del norte y centro, y las previas (pre aviso o similares) y posteriores sobre la materia hasta antes del inicio de los procesos arbitrales.
2- A 5 años de culminación formal de contrato de operación de los terminales del sur con "Consorcio Terminales", solicito toda documentación existente a la fecha (interna
o intercambiada) sobre incumplimientos y liquidación preliminar o final de cuentas, incluyendo adicionalmente toda documentación sobre y de trato directo que se hubiera iniciado a la fecha de atención a la presente, y gerencia y responsable actual sobre la materia.
3- Denuncias formuladas ante OEFA, OSINERGMIN y/u otras entidades de supervisión estatal, así como ante la Fiscalía, sobre contaminación de turbo y derrame de IFO a que se refiere información recibida el día de hoy (fiscalía y fiscal a cargo, número completo de carpetas o expedientes, mesa de partes virtuales, estado actual, etc) y en su caso documentos de evaluación y determinación de que no procedía interponer las denuncias.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala