Resolución N.° 000424-2025-JUS/TTAIP- SEGUNDA SALA
24 de enero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 04836-2024-JUS/TTAIP de fecha 13 de noviembre de 2024, interpuesto por SANDOR WALTER TAMAYO AMPUERO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el EJÉRCITO DEL PERÚ con fecha 26 de setiembre de 2024.
Con fecha 26 de setiembre de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la documentación que a continuación se detalla:
“Convenio Complementario al Convenio Marco de Asistencia y Cooperación Interinstitucional suscrito entre el Ejército y la Asociación Círculo Militar del Perú, firmado el 11 de febrero del 2019 entre el Gral Div Carlos RIOS AGUILAR como Comandante General del COPERE y el Gral Div Carlos MAYCA VASQUEZ como Presidente del Consejo Directivo de la ACMP” [sic]
Con fecha 13 de noviembre de 2024 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 004709-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 26 de noviembre de 20241, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 26 de setiembre de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la documentación que a continuación se detalla:
“Convenio Complementario al Convenio Marco de Asistencia y Cooperación Interinstitucional suscrito entre el Ejército y la Asociación Círculo Militar del Perú, firmado el 11 de febrero del 2019 entre el Gral Div Carlos RIOS AGUILAR como Comandante General del COPERE y el Gral Div Carlos MAYCA VASQUEZ como Presidente del Consejo Directivo de la ACMP” [sic]
Con fecha 13 de noviembre de 2024 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 004709-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 26 de noviembre de 20241, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala