Resolución N.° 000625-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
7 de febrero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 05138-2024-JUS/TTAIP de fecha 4 de diciembre de 2024, interpuesto por ALBERTO JESÚS RAMÍREZ CERNA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCONA con fecha 11 de noviembre de 2024, con código de solicitud kx0hoe140.
Con fecha 11 de noviembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“Acuerdo de Consejo 04-2013-MDM
solicito este documento en pdf con sus anexos el cual solcito se me remita a mi correo xxxxxxx@unmsm.edu.pe”
Con fecha 4 de diciembre de 2024, el recurrente interpone ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegado su pedido en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 005566-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 11 de noviembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“Acuerdo de Consejo 04-2013-MDM
solicito este documento en pdf con sus anexos el cual solcito se me remita a mi correo xxxxxxx@unmsm.edu.pe”
Con fecha 4 de diciembre de 2024, el recurrente interpone ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegado su pedido en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 005566-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala