Resolución N.° 000602-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
6 de febrero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 05187-2024-JUS/TTAIP recepcionado por este Tribunal con fecha 10 de diciembre de 2024, interpuesto por OMAR ALEXANDER VILCHEZ PAREDES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA con Expediente 19216-2024 de fecha 12 de noviembre de 2024.
Con fecha 12 de noviembre de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) copias de todos los actuados, referente a la papeleta n°20669 de fecha 08-03-15 (…)”.
Con fecha 10 de diciembre de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 005544-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados, incluido el término de la distancia de ley.
Con fecha 12 de noviembre de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) copias de todos los actuados, referente a la papeleta n°20669 de fecha 08-03-15 (…)”.
Con fecha 10 de diciembre de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 005544-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados, incluido el término de la distancia de ley.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala