Resolución N.° 000570-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

4 de febrero de 2025

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00011-2025-JUS/TTAIP de fecha 2 de enero de 2025, interpuesto por CESAR EDUARDO TRIGOSO PEREIRA1 contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PIMENTEL con fecha 15 de octubre de 2024.
Con fecha 15 de octubre de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita la siguiente información:
“Copia fedateada y/o certificada Ordenanza Nº 022-2020-MDP/A y otros, según detalle carta adjunta en 3 folios a esta solicitud (…)”.
De manera adjunta a dicha solicitud el recurrente alcanzó a la entidad un escrito por el cual requirió lo siguiente:
“(…) solicito se me brinde las copias fedateadas y/o certificadas del Diario encargado de las publicaciones judiciales, en el cual se ha publicado la Aprobación de Estructura de Costos de Arbitrios Municipales, para la Municipalidad Distrital de Pimentel: Ordenanza Nº 022-2020-MDP/A, así como el Acuerdo Municipal Nº 088-2020-MPCH/A, y las publicaciones que se hicieran respecto de las estructuras de costo de arbitrios de los años 2021, 2022, 2023 y 2024, para dicha municipalidad”.
El 2 de enero de 2025, al considerar denegada la solicitud, y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución Nº 000023-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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