Resolución N.° 000517-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
31 de enero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 05142-2024-JUS/TTAIP de fecha 4 de diciembre de 2024, interpuesto por LUIS ANGEL RODRIGUEZ RUIZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA con fecha 15 de noviembre de 2024.
Con fecha 15 de noviembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se le remita la siguiente información:
“(…) copia digital misma que deberá ser remitida al correo electrónico signado en la presente solicitud (xxxxxxx@gmail.com) de: "CONTRATOS DE TRABAJO, ORDENES DE SERVICIOS, TERMINOS DE REFERENCIA, CONFORMIDADES DE SERVICIO, BOLETAS DE PAGO, PLAME (en PDF) y sus anexos, a nombre Abogada DALIA ELISA MILAGROS RUIZ VICHATA durante el periodo 2018 a la fecha de emitida la solicitud (15-11-2024) así como Curricular Vitae documentado respectivo de la misma. Se menciona que complementariamente se ampara en el Principio de informalismo, establecido en la Ley 27444.”
Con fecha 4 de diciembre de 2024, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Con fecha 15 de noviembre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se le remita la siguiente información:
“(…) copia digital misma que deberá ser remitida al correo electrónico signado en la presente solicitud (xxxxxxx@gmail.com) de: "CONTRATOS DE TRABAJO, ORDENES DE SERVICIOS, TERMINOS DE REFERENCIA, CONFORMIDADES DE SERVICIO, BOLETAS DE PAGO, PLAME (en PDF) y sus anexos, a nombre Abogada DALIA ELISA MILAGROS RUIZ VICHATA durante el periodo 2018 a la fecha de emitida la solicitud (15-11-2024) así como Curricular Vitae documentado respectivo de la misma. Se menciona que complementariamente se ampara en el Principio de informalismo, establecido en la Ley 27444.”
Con fecha 4 de diciembre de 2024, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala