Resolución N.° 000480-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

29 de enero de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 05256-2024-JUS/TTAIP, recibido con fecha 13 de diciembre de 2024, interpuesto por JHONY CÓNDOR MATÍAS contra la Carta N° 0203-2024-GRJ-DRA/CIAP de fecha 04 de diciembre de 2024, mediante la cual el GOBIERNO REGIONAL JUNÍN – DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA denegó la información requerida a través de la solicitud de acceso a la información pública de fecha 22 de noviembre del 2024, registrada con N° de documento 8491932.

Con fecha 22 de noviembre del 2024, registrada con N° de documento 8491932, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…)
1.Copia fedateada del CERTIFICADO DE FORMALIZACIÓN DE PROPIEDAD RURAL Nº 0926401 de fecha 29 de enero de 2007, emitido por Ing. Álvaro Hurtado Gálvez en su calidad de jefe PETT de Ejecución Regional Junín, certificado que deberá ser entregado con todos los documentos administrativos que la sustentan.
2.Copia fedateada de la relación, padrón, lista o detalle de CERTIFICADO DE FORMALIZACIÓN DE PROPIEDAD RURAL emitidas en el año 2007 por Ing. Álvaro Hurtado Gálvez
3. Documentos de designación o nombramiento del por Ing. Álvaro Hurtado Gálvez como jefe PETT de Ejecución Regional Junín.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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